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Por Javiera Pizzoleo , 2 de octubre de 2023 | 10:10

Tribunal realizó audiencia en reclamación que busca que proyecto de depósito minero ingrese a evaluación ambiental

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La reclamación fue presentada por la Junta de Vecinos Peñablanca, cuando el SEA resolvió que la iniciativa no debía ingresar al SEIA, y luego rechazara la solicitud de invalidación.

El Segundo Tribunal Ambiental llevó a cabo audiencia en reclamación que pretende que proyecto minero “Prórroga Vida Útil del Depósito de Pasta Cabildo”, ubicado en la Región de Valparaíso, ingrese al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. 

La reclamación fue presentada por la Junta de Vecinos Peñablanca, una vez que el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) resolvió que la iniciativa, que busca amentar en dos años la vida útil del proyecto “Depósito de Pasta Cabildo”, de Compañía Minera Las Cenizas S.A. no debía ingresar al SEIA, y luego rechazara la solicitud de invalidación presentada en contra de su decisión.

Los vecinos solicitan que el Tribunal declare la nulidad de ambas resoluciones. En términos generales alegan que la resolución del SEA que resolvió la consulta de pertinencia del proyecto minero adolece de vicios de nulidad, pues el titular presentó, de mala fe, información incompleta y desactualizada.

Sostiene que la iniciativa está ya excedida, al menos, en 1.431.896 ton, lo que constituye un 16,25% de lo declarado en la RCA que aprobó el proyecto original. Lo anterior -dice- era de fácil verificación, pues bastaba requerir al órgano especializado que considerara, además del material introducido, el agua incorporada en la pasta y el agua lluvia depositada en 10 años.

“Sostenemos que la resolución requerida vulnera los principios preventivo y precautorio, pues no considera el aumento en el tiempo que la comunidad deberá soportar las cargas ambientales generadas por la actividad, ni tampoco, los cambios que han ocurrido en dicha zona, de los que losinformes que sustentan la resolución recurrida, con casi 3 lustros de antigüedad, no pueden dar cuenta o hacerse cargo”, argumenta la Junta de Vecinos.

Participación ciudadana 

Asimismo, acusa que el SEA infringió el principio de participación ciudadana al señalar que dicha participación no puede extenderse al procedimiento de resolución de una consulta de pertinencia. El titular y el SEA “no reparan que lo pretendido con la consulta de pertinencia era, como en la especie ocurrió, evitar la correspondiente evaluación ambiental y, consecuentemente, imposibilidad toda instancia de participación ciudadana, en la que se hubiera hecho presente los impactos que la actividad ultra activa propuesta por Minera Las Cenizas, generará a los componentes humanos y ambientales, así como sus interrelaciones, para, al menos, 2 años más de actividad”.

Por su parte, el SEA solicita al Tribunal que rechace la reclamación en todas sus partes por carecer de fundamentos. Afirma que la reclamación presenta un manifiesto vicio de congruencia por cuanto introduce nuevas pretensiones que no se plantearon en la solicitud de invalidación.

“Se determinó correctamente que el Proyecto no debe ingresar al SEIA conforme a la normativa ambiental aplicable a consultas de pertinencia. En este sentido no corresponde en esta sede cuestionar la veracidad de los antecedentes presentados por el Proponente, evaluar riesgos o predecir impactos ni realizar un proceso PAC”, dice.

El SEA sostienen que no existe vulneración al principio de participación ciudadana, por cuanto en el marco de la evaluación del proyecto original sí se realizó una PAC en la cual se llevó a cabo cumpliendo todos los requisitos y estándares que establece la ley. También descarta una vulneración a los principios preventivo y precautorio.

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