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Por Verónica González Encina , 27 de enero de 2023 | 10:20

SMA formuló cuatro cargos graves contra proyecto hidroeléctrico Alto Maipo

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El procedimiento se debe al incumplimiento de la empresa al compromiso de construir una bocatoma complementaria para el Canal El Manzano, conforme al convenio suscrito con la comunidad de aguas de la zona.

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló cargos contra la empresa Alto Maipo SpA., debido a una serie de incumplimientos ambientales en su “Proyecto Hidroeléctrico Alto Maipo (PHAM)” ubicado en la comuna de San José de Maipo, Región Metropolitana.

Según lo informado por la superintendenta del Medio Ambiente, Marie Claude Plumer, el procedimiento sancionatorio tiene origen en una serie de denuncias ciudadanas y de organizaciones, por lo que se realizó una investigación que concluyó que existen cuatro infracciones calificadas de graves, debido a que la empresa abría incumplido el compromiso de construir una bocatoma complementaria para el Canal El Manzano, conforme a un convenio previo suscrito por la titular del proyecto con las comunidades de la zona.

Las infracciones a las que se enfrenta la empresa pueden finalizar en multas de hasta 5.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA), clausura o revocación de la RCA. En razón de lo anterior, la empresa Alto Maipo SpA arriesga una sanción de hasta 20.000 UTA, equivalente a más $14.824 millones. Para resolver el asunto, la empresa tendrá un plazo de 10 días hábiles para presentar un programa de cumplimiento y de 15 días hábiles para formular sus descargos tras la notificación del presente sancionatorio.

¿En qué consiste el proyecto?

El proyecto consiste en la construcción y operación de dos centrales de pasada, Alfalfal II y Las Lajas, que en conjunto generarán una potencia máxima de 530 MW. Estas centrales están dispuestas en serie en el sector del Río Maipo, y considera el aprovechamiento de aguas provenientes de la zona alta del Río Volcán, del Río Yeso, de las aguas turbinadas por la Central Alfalfal, y de la cuenca intermedia del Río Colorado. Para el transporte de agua se contempla un total de 70 km de túneles: 60 km corresponden a túneles hidráulicos de las centrales y el resto, a las ventanas de acceso a los túneles principales.

¿Cuáles son los cargos?

El primer cargo se sustenta por el incumplimiento de compromisos adquiridos por la empresa con la Comunidad de Aguas Canal El Manzano, al iniciar la puesta en servicio del PHAM sin haber tramitado ni construido la bocatoma complementaria en el canal. Además, las obras provisionales implementadas en la bocatoma del canal no fueron suficientes para la captación de la totalidad del caudal al que tiene derecho la comunidad.

El segundo cargo, consiste en el incumplimiento de los siguientes compromisos asociados al componente vegetacional. Este consiste en la reforestación de los rodales R-3 y R-4 se efectuó en superficies inferiores a las comprometidas; la reforestación del rodal R-4 conllevó un menor número de individuos de Kageneckia angustifolia y de Guindilia trinervis de lo comprometido; reforestación del rodal VP5-A no cumple con el 75% de prendimiento de la especie Porlieria chilensis; la revegetación en los MOD-6, MOD-7 y MOD-9 se efectuó de forma parcial, en superficies inferiores a las comprometidas, con un menor número de individuos y sin incorporar todas las especies exigidas y que no se obtuvo la autorización de CONAF previo a la intervención de vegetación en un área de 700 m2 junto a desarenador, así como en las zonas denominadas “Obras 33, 34 y 35”, “Deflactor” y “Área ubicada entre dos frentes de trabajos”.

La tercera infracción se explica por el incumplimiento de la restricción de acceso y prohibición de ejecutar faenas en zona de restricción y zona buffer de protección paleontológica, por las obras e instalaciones denominadas Camino V1 y antena antigua en desuso. Por último, el cuarto cargo se argumenta porque el proyecto no abarcó la totalidad de la superficie requerida para el rescate y relocalización de fauna en el SAM 1.

 

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