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Por Verónica González Encina , 30 de junio de 2022 | 08:52

Corte de Santiago confirma multas a Escondida por incumplir obligación de informar contratos de exportaciones

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La Tercera Sala del tribunal desestimó los recursos de reclamación de la minera contra las resoluciones dictadas por Cochilco.

Este 29 de junio se dio a conocer que la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó los recursos de reclamación de la empresa Minera Escondida de BHP contra las resoluciones dictadas por la Comisión Chilena del Cobre (Cochilco), que la sancionó por no informar oportunamente contratos de exportación de mineral a través de la plataforma “Sistema de Exportaciones Mieneras” (SEM).

Así, la Tercera Sala del tribunal desestimó las alegaciones de la parte sancionada, tras establecer que Cochilco actuó dentro de sus facultades legales al multarla. 

“En consecuencia, siendo así que de acuerdo a la ley Orgánica de la Comisión Chilena del Cobre, es atribución privativa del Consejo delegar el conocimiento y resolución de materias determinadas en el Vicepresidente Ejecutivo de la Comisión, no cabe atender este último motivo de ilegalidad”, indicó el fallo.

Además, la resolución determinó que Cochilco y su vicepresidente ejecutivo cuentan con atribuciones que le permiten cumplir con su rol como órgano especializado y técnico de determinación, entre otros, del valor de exportaciones e importaciones o precios de referencia, "exigir a las empresas públicas y privadas, la entrega de cierta información, dentro de los plazos establecidos, no advirtiéndose ilegalidad alguna en la dictación de la Resolución Exenta impugnada, desde que ha actuado dentro del ámbito de sus funciones y competencias, y en estricto cumplimiento de las normas que regulan la materia; por lo que no se divisa la existencia de una actuar ilegal ni menos irracional, por lo que el recurso no podrá prosperar”.

 

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