Noticias
Por Verónica González Encina , 3 de enero de 2022

Tribunal Ambiental prohíbe a Cerro Colorado la extracción de agua

Compartir

La autoridad ambiental determinó rechazar la solicitud de levantar la medida cautelar y decretar el cese total de la actividad extractiva.

Tras el fallo que limitó la extracción de agua de la minera Cerro Colorado a solo 54 l/s, es decir, la mitad de lo que normalmente se extraía, este 31 de diciembre el Primer Tribunal Ambiental, determinó rechazar la solicitud de levantar la medida cautelar y decretar el cese total de la actividad extractiva de agua del yacimiento de BHP.

De acuerdo con el Tribunal, la extracción estará suspendida por 90 días corridos o hasta que se acredite el cese de riesgo de afectación e incertidumbre. La justificación de esta medida se enmarca en la demanda por el deterioro ambiental en contra de la minera y se basa en “la sola probabilidad de amenaza de un posible daño o su perpetuación”.

Motivos

Según lo informado por el Tribunal, el análisis efectuado por el órgano colegiado indica que no ha variado la situación “crítica y de fragilidad” del acuífero y que hay elementos relevantes de riesgo que se mantienen. En ese contexto, los magistrados Mauricio Oviedo, Sandra Álvarez y Cristián López destacaron que “no existen medidas o acciones inmediatas que corrijan tal afectación, sino solo hasta el cierre de las operaciones el 2023”.

Otro de los motivos expuestos fue que los antecedentes presentados por BHP no acreditan un estado ambiental distinto del sistema Lagunillas que permita tanto modificar la medida cautelar como una intervención menos intensa. 

¿Por qué surge la decisión del Primer Tribunal Ambiental?

La acción judicial interpuesta por Luis Jara Alarcón, copropietario de la Estancia de Cancosa, tiene por objetivo de impedir un eventual daño ambiental que la empresa habría provocado por la extracción de agua del acuífero de Lagunillas, lo que ha producido un deterioro al sistema lagunar y al bofedal del mismo nombre.

Alarcón asegura que el daño es una consecuencia del actuar “ilegal y culpable” de la compañía por la ausencia de una autorización ambiental para extraer aguas del acuífero. Además, el demandante alega que se realizan extracciones de agua sin contar con los derechos de aprovechamiento. 

Si te interesa recibir noticias publicadas en Reporte Minero | El portal de minería en Chile, inscribe tu correo aquí
Si vas a utilizar contenido de nuestro diario (textos o simplemente datos) en algún medio de comunicación, blog o Redes Sociales, indica la fuente, de lo contrario estarás incurriendo en un delito sancionado la Ley Nº 17.336, sobre Propiedad Intelectual. Lo anterior no rige para las fotografías y videos, pues queda totalmente PROHIBIDA su reproducción para fines informativos.

COMENTA AQUÍ

Comunicamos los avances en tecnología, hitos y comercialización de la principal industria productiva de Chile

Powered by Global Channel