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Por Matías Vera , 10 de mayo de 2025 | 15:27Revocación del REINFO: Perú emite medidas extraordinarias para combatir la minería ilegal en Pataz

MINEM realizará la revocación automática del REINFO de quienes comercialicen mineral por encima de su capacidad real definida por su IGAFOM y sus declaraciones de producción.
La provincia de Pataz, en Perú, ha sido remecida luego de los 13 trabajadores mineros asesinados por grupos armados asociados a la minería ilegal.
Por esto, Perú ha desplegado sus esfuerzos en garantizar la seguridad de los ciudadanos de la localidad, razón por la que suspendió la actividad minera en el sector por 30 días.
Continuando con estas medidas, y con el fin de combatir el incremento de la inseguridad ciudadana y criminalidad organizada asociada a la minería ilegal y delitos conexos en el distrito de Pataz, el Ejecutivo promulgó el Decreto de Urgencia Nº 006-2025, que establece medidas extraordinarias y urgentes en materia económica y financiera.
Dicha medida permite implementar mecanismos de fiscalización, control y trazabilidad del transporte y comercialización de insumos químicos, explosivos y materiales relacionados, equipos y maquinarias que puedan ser utilizados para las actividades de la minería ilegal, así como de los productos obtenidos en dicha actividad.
Las acciones a realizar son la implementación de rutas fiscales obligatorias, instalación de puntos de control, fiscalización integral del transporte de insumos químicos, explosivos y materiales relacionados y productos mineros y aplicación de mecanismos excepcionales como la revocación del Registro Integral de Formalización Minera, frente a incumplimientos graves.
Respecto a este último punto, el MINEM se encargará de la verificación del estado de la inscripción en el REINFO, así como de la información declarada en el IGAC, en el IGAFOM y la producción minera obtenida o declarada proveniente de un lugar geográfico distinto al declarado, entre otros puntos.
El MINEM realizará la revocación automática del REINFO (registro que agrupa a empresas y negocios de pequeña minería y minería artesanal) de aquellas actividades mineras cuya producción no esté acorde con el volumen de producción declarada en su instrumento de gestión ambiental (IGAC o IGAFOM) o en la declaración de producción semestral presentada ante la autoridad competente.
Dicha revocación se dará de forma automática previo informe técnico y/o legal de la Dirección General de Formalización Minera del Ministerio de Energía y Minas luego de verificar el volumen de los productos mineros transportados indicados en las actas o informes de fiscalización de distintos organismos.
Por otro lado, el MINEM cuenta con un plazo de noventa (90) días calendario, para implementar un sistema piloto de trazabilidad de la comercialización del oro en Pataz, recordando que las personas que realizan dicha actividad, están obligadas a inscribirse en el Registro Especial de Comercializadores y Procesadores de Oro -RECPO.
Este sistema busca identificar y rastrear el producto aurífero, en cualquiera de sus formas, desde su origen en la unidad de producción hasta su destino final, incluyendo todas las operaciones de compra y venta de oro.
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