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Por Reporte Minero , 12 de julio de 2021

Derechos humanos y minería: el marco “Proteger, respetar y reparar”, una hoja de ruta para un crecimiento sustentable

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Columna de Cristina Muñoz, asesora técnica del Programa MinSus.

Junio de 2021 marcó el décimo aniversario de los Principios Rectores sobre Derechos Humanos y Empresas de las Naciones Unidas (PRNU). Si bien, estos preceptos son voluntarios, han supuesto, durante estos años, una de las principales herramientas internacionales para abordar la agenda de las empresas y los derechos humanos. Estos principios introdujeron de forma novedosa el concepto de debida diligencia en materia de derechos humanos, el pilar actual de los desarrollos normativos de cadenas de suministro en Europa.

La lucha contra el cambio climático hace que la transición energética sea hoy una necesidad global. El Banco Mundial estima que esta transición conllevará un incremento del 1000% en la demanda de minerales y metales necesarios para los desarrollos tecnológicos que permitan lograr las metas climáticas. Una gran cantidad de estos recursos se encuentran abundantemente en la región, incluyendo más del 60% de las reservas mundiales del litio, cerca del 40% de cobre y más del 30% de las de níquel. 

En estos últimos años, el incremento de la conciencia de los consumidores y el aumento de la preocupación por parte de inversores en torno a los factores ambientales, sociales y de gobernanza (conocidos en inglés como ESG), ha impulsado la creación de diversas certificaciones mineras e iniciativas voluntarias de sostenibilidad, junto con leyes de debida diligencia en la cadena de suministro en Europa. 

Pese a esto, persisten graves vulneraciones a los derechos humanos. Según los datos del Centro de Recursos para Empresas y Derechos Humanos, Sudamérica concentra el mayor número de alegaciones de vulneraciones de derechos humanos relativos a los minerales de transición. En la región andina, las vulneraciones a las comunidades indígenas y el uso indebido de los recursos hídricos en torno al litio han suscitado gran atención internacional. Se necesita que la implementación de estos principios, repercutan en mejoras concretas en la calidad de vida de las comunidades y las personas que viven en situación de vulnerabilidad.  

El informe RMI 2020 reveló un desfase entre los compromisos corporativos y la falta de acción a nivel de minas. Estos desafíos visualizan la insuficiencia de los principios voluntarios, en donde las empresas eligen componentes aislados de esta agenda. Esto ha impulsado nuevos marcos normativos (como el Tratado Vinculante en materia de empresas transnacionales y derechos humanos, en negociaciones) que abogan por un cambio de paradigma en el rol, percepción y relacionamiento de las empresas ante sus grupos de interés y con las comunidades.

Una vez producidas las vulneraciones, persisten importantes barreras para que los afectados accedan al reclamo, remedio y reparación. Es por ello, que debe generarse un mayor énfasis en fortalecer los mecanismos operacionales, como medio de alerta y resolución temprana de disputas. La prevención ha sido relegada y es aún un foco inconsistente que debe potenciarse, en miras a los datos en la región. 

Todavía queda un gran camino por delante en la adaptación de los PRNU al contexto de la región y de socialización entre los actores claves mineros. Aquí las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos son actores clave en la promoción de una agenda de derechos humanos y vinculación empresarial. Al mismo tiempo, son un mecanismo de acceso a reclamos en sí mismo y un agente facilitador para el acceso a reparación. 

Mientras que hace 10 años se hablaba de una combinación inteligente entre legislación blanda y vinculante, la tendencia actual apunta en mayor medida hacia desarrollos de legislación “dura”. En la próxima década los países latinoamericanos avanzaran en la elaboración de leyes de debida diligencia, como ilustra la Ley General de Responsabilidad Empresarial y Debida Diligencia Corporativa en México. Hoy, estamos en un momento crucial para impulsar el marco de “proteger, respetar y reparar” los derechos humanos y los nuevos cambios, mediante voluntad política y un nuevo posicionamiento de las empresas como promotoras del desarrollo sostenible.

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