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Por Agustín de Vicente , 6 de octubre de 2025 | 21:33

SMA sanciona a Puerto Caldera S.A. y Servicios del Pacífico Limitada por incumplimientos ambientales en Atacama

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La SMA sanciona a Puerto Caldera S.A. y Servicios del Pacífico Limitada con multas por 2.927 UTA por fraccionamiento de proyecto y incumplimiento de medidas ambientales en Caldera, Atacama.

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) resolvió sancionar a las empresas Puerto Caldera S.A. y Servicios del Pacífico Limitada (Serviport) por infracciones relacionadas con la ejecución del proyecto “Muelle Punta Caleta”, ubicado en la comuna de Caldera, Región de Atacama.

La sanción total aplicada alcanza las 2.927 unidades tributarias anuales (UTA), equivalentes a más de $2.200 millones de pesos, de las cuales 2.806 UTA corresponden a Puerto Caldera S.A. y 121 UTA a Servicios del Pacífico Limitada.

Fraccionamiento del proyecto y elusión al SEIA

El proyecto sancionado incluye actividades de acopio, transporte y embarque de hierro, así como acopio y embarque de concentrado de cobre, operaciones que eludieron el ingreso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

Según la investigación de la SMA, ambas empresas —vinculadas entre sí— desarrollaron de manera paralela operaciones con emisiones atmosféricas significativas, sin la evaluación ambiental correspondiente.

El procedimiento sancionatorio se originó a partir de diez denuncias ciudadanas presentadas ante la SMA, las cuales alertaban sobre la ejecución del proyecto sin aprobación ambiental previa. Los denunciantes reportaron contaminación por material particulado (MP 2,5 y MP 10), aumento del tráfico de camiones por caminos sin pavimentar y erosión en las pilas de acopio, generando impactos ambientales y molestias en la comunidad local.

Incumplimiento de medidas provisionales

Durante la fiscalización, la SMA decretó medidas provisionales pre procedimentales mediante la Resolución Exenta N°241 de febrero de 2021, las cuales obligaban a las empresas a implementar acciones inmediatas para controlar las emisiones de material particulado.

Sin embargo, se constató que dichas medidas no fueron cumplidas, configurando un segundo cargo grave en el marco del proceso sancionatorio.

Cargos y resolución final

En mayo de 2021, la SMA formuló dos cargos graves contra las empresas:

  • Fraccionamiento del proyecto: por desarrollar actividades complementarias (acopio y embarque de hierro y cobre) bajo distintas razones sociales, evitando así su evaluación integral en el SEIA.
  • Incumplimiento de medidas provisionales: por no implementar las acciones ordenadas para mitigar las emisiones contaminantes.

Tras el análisis del caso, la autoridad ambiental resolvió aplicar las multas antes mencionadas, reafirmando su compromiso con el cumplimiento de la normativa ambiental y la protección de las comunidades costeras de Atacama.

Consulta pública y transparencia

La SMA invitó a la ciudadanía a consultar los antecedentes y la resolución completa del procedimiento en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA), disponible en el siguiente enlace:
🔗 https://snifa.sma.gob.cl/Sancionatorio/Ficha/2585

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