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Por Javiera Pizzoleo , 1 de agosto de 2025 | 08:31

Tribunal confirma aprobación del Proyecto Blanco

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El fallo estableció que los reclamantes en la acción de invalidación, la Comunidad Indígena Colla de la comuna de Copiapó y ocho vecinos de la misma comuna.

El Segundo Tribunal Ambiental rechazó las siete reclamaciones interpuestas por comunidades indígenas y vecinos de la comuna de Copiapó, que buscaban dejar sin efecto la aprobación ambiental del proyecto de explotación de litio de Minera Salar Blanco, ubicado en el sector norte del Salar de Maricunga, en la Región de Atacama.

“El Tribunal concluye que la evaluación ambiental del Proyecto Blanco consideró adecuadamente los efectos adversos significativos. (…) De esta manera, no se acreditan ilegalidades ni insuficiencia técnica en el descarte de impactos significativos”, dice la sentencia.

El fallo destaca que la decisión de aprobar ambientalmente el proyecto se encuentra respaldada por antecedentes científicos suficientes, un modelo hidrogeológico coherente y el cumplimiento de los estándares normativos exigibles, concluyendo que la autoridad actuó dentro de sus competencias y en conformidad con el principio de precaución.

Asimismo, el fallo estableció que los reclamantes en la acción de invalidación, la Comunidad Indígena Colla de la comuna de Copiapó y ocho vecinos de la misma comuna, carecían de legitimación activa para impugnar la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) que aprobó el proyecto, al no haber acreditado un interés real, concreto y directo que permitiera sostener una afectación personal por parte del proyecto.

Componente hídrico

El análisis del componente hídrico realizado por el Tribunal consideró, entre otros aspectos, las alegaciones referidas a la posible existencia de un núcleo arcilloso en el subsuelo del Salar de Maricunga, cuya presencia permitiría separar distintas masas de aguas subterráneas y protegerlas de eventuales alteraciones derivadas de la operación del proyecto.

“A juicio del Tribunal, todo lo anteriormente expuesto apunta de manera lógica y razonable, dentro de la técnica hidrogeológica, a definir una unidad compuesta por arcillas y otros materiales finos en el Salar de Maricunga, con capacidad para generar una desconexión parcial entre las unidades hidrogeológicas superiores e inferiores”, señala la sentencia.

Para arribar a esta conclusión, el Tribunal destacó que la empresa asumió el compromiso voluntario de mejorar la comprensión del sistema hidrogeológico mediante la actualización de la herramienta predictiva, el modelo numérico, incorporando nuevos datos obtenidos desde la perforación de cuatro pozos adicionales, orientados a caracterizar con mayor precisión la estratigrafía del salar.

En consecuencia, el Tribunal concluyó que la evaluación de los impactos del Proyecto Blanco sobre el sistema hidrogeológico del Salar de Maricunga se sustentó en un modelo conceptual y numérico técnicamente fundado, construido con criterios conservadores y respaldado por evidencia empírica representativa, cumpliendo con los estándares técnicos exigibles en materia de evaluación ambiental.

Asimismo, la sentencia resalta la existencia de compromisos ambientales voluntarios específicos en materia de monitoreo y control, los que permiten, en condiciones reales de operación, detectar y corregir tempranamente posibles efectos no previstos. Esto —destaca el Tribunal— es coherente con el principio de precaución y el enfoque de mejora continua.

Finalmente, el fallo concluye que la evaluación de los impactos ambientales del proyecto sobre los ecosistemas terrestres y acuáticos continentales, así como sobre especies de flora y fauna en categoría de conservación, se realizó conforme a los estándares establecidos en la normativa vigente. En particular, el descarte de efectos sobre áreas protegidas fue considerado fundado, dado que los impactos sobre el componente biótico fueron adecuadamente evaluados y descartados, principalmente por la ausencia de afectación significativa al recurso hídrico.

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