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Por Ignacio Cembrano , 12 de abril de 2021Royalty Minero: Alcances del debate y el futuro del proyecto de ley
La moción parlamentaria se retomará este miércoles 14 de abril en la Comisión de Minería de Minería de la Cámara por indicación previa.
El pasado 24 de marzo, la Cámara de Diputados y Diputadas aprobó con 91 votos a favor, 36 votos en contra y 15 abstenciones el proyecto de Royalty Minero, consagrado en el boletín 12093-08.
Por indicación previa, este proyecto de ley deberá retornar a la Comisión de Minería y Energía antes de su tramitación en el Senado. La fecha establecida para avanzar con esta moción es el miércoles 14 de abril.
Uno de los diputados impulsores de esta moción, Esteban Velásquez, afirmó que una vez votadas las indicaciones en la Comisión, nuevamente vuelve a la Sala para que se voten solamente las indicaciones, porque el proyecto ya fue aprobado en general para legislar. Continuando su camino, pasará al Senado y a su respectiva comisión técnica.
Acuso de inconstitucionalidad
Por su parte, el gobierno y el oficialismo han esgrimido argumentos que acusan inconstitucionalidad y consideran la medida como un gran desincentivo para la inversión en territorio nacional.
Desde el gobierno consideran que, en primer lugar, violaría el proceso de no afectación, debido a la destinación consagrada en el proyecto a un fondo de convergencia racional.
En segundo lugar, también incumpliría el principio de igualdad tributaria, ya que el gravamen solamente se aplicaría a cobre y litio, dejando fuera otras materias que podrían tributarse.
Por último, se considera que la moción vulnera el principio de legalidad, ya que tanto el hecho gravado como la tasa deben estar reguladas por ley, pero el inciso 5°to aprobado por la Comisión de Minería y Energía de la Cámara de Diputados y Diputadas establece que un reglamento determinará la forma en que se calculará el monto específico de la compensación que deberá pagar cada explotador minero.
No se descarta la posibilidad de llevar este proyecto al Tribunal Constitucional, debido a los puntos anteriormente mencionados.
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