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Por Reporte Minero , 12 de agosto de 2020

SMA formuló cargos contra Minera Escondida por emisiones lumínicas

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Minera Escondida tendrá un plazo de 10 días para presentar un Programa de Cumplimiento y 15 días para formular descargos ante la Superintendencia

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló cargos contra Minera Escondida Limitada de BHP, titular del proyecto “Edificio Corporativo Minera Escondida”, ubicado en la comuna de Antofagasta; por superar las emisiones del flujo radiante por parte de las fuentes reguladas.

El organismo hizo referencia a la normativa presente en el D.S. N°43/2012 del Ministerio del Medio Ambiente para levantar los cargos por la intensidad lumínica. Además, el SMA acusó a la minera de no contar con la certificación previa de cumplimiento de los límites de emisión conjunta que exige el referido cuerpo normativo, entre otras.

Según lo detallado por la organización fiscalizadora, la normativa tiene por objetivo prevenir la contaminación lumínica de los cielos nocturnos de las regiones de Antofagasta, Atacama y Coquimbo, “de manera de proteger la calidad astronómica de los cielos, regulando los límites máximos de emisión de intensidad luminosa, de radiancia espectral y de iluminancia de fuentes emisoras, como lo es el alumbrado ambiental, ornamental y decorativo”.

Cristóbal De La Maza , superintendente del Medio Ambiente, estableció la necesidad de “reforzar el cumplimiento de la normativa, y en ese contexto estamos fortaleciendo la fiscalización de los proyectos sujetos a esta normativa”.

Otras tres empresas de la zona recibieron cargos por parte del SMA, las que no entregaron la información solicitada mediante el acta de inspección ambiental respectiva; mientras que Minera Escondida dispuso de los datos requeridos.

En la investigación las infracciones fueron clasificadas como leves. La Ley Orgánica de la SMA establece que este tipo de infracciones podrán ser objeto de amonestación por escrito o multa de una hasta 1.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA).

Es importante destacar que la formulación de cargos es el inicio de un procedimiento sancionatorio por parte de la SMA y los infractores tendrán un plazo de 10 días para presentar un Programa de Cumplimiento, o bien, 15 días para formular descargos ante la Superintendencia, tras lo cual continúa el proceso sancionatorio.

 

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